Preguntas más frecuentes
Preguntas más frecuentes sobre nuestros productos.
A continuación les ofrecemos las respuestas a aquellas consultas más frecuentes que nos formulan nuestros clientes.
La diferencia entre estar asegurado y sentirse seguro
Preguntas más frecuentes sobre nuestros productos.
A continuación les ofrecemos las respuestas a aquellas consultas más frecuentes que nos formulan nuestros clientes.
La ventaja de contratar a través de un corredor de seguros estriba en que al tratase de un profesional independiente del sector, está capacitado para asesorar de forma objetiva a sus clientes en cuanto a sus necesidades de aseguramiento, realizando una oferta más amplia y prestando su ayuda para la resolución de dudas y la tramitación de siniestros, sin que ello suponga un incremento en la prima del seguro.
En el momento que el asegurado realice el primer pago de la prima, la compañía de seguros tiene obligación de cubrir el riesgo en el caso de un siniestro. En el caso que el siniestro fuera anterior a la vigencia de la póliza, el seguro no tendrá obligación de indemnizar al asegurado.
La FRANQUICIA es la cantidad de dinero que el
asegurado deberá dejar de cobrar de la compañía de seguros por la indemnización
que le correspondería como consecuencia de un siniestro.
La franquicia tiene dos características fundamentales:
Si se impaga la prima inicial, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima en vía judicial ejecutiva. Además en caso de ocurrencia de siniestro el asegurador quedará liberado de su obligación de indemnizar. Por otra parte, en caso de falta de pago de cualquiera de las primas sucesivas, el riesgo quedará cubierto durante un mes después del vencimiento de la misma (mes de gracia). Si el asegurador no reclama la prima en los 6 meses siguientes a dicho vencimiento, el contrato queda extinguido.
El siniestro debe ser comunicado en el plazo máximo de siete días desde el momento en que se conozca su existencia. En caso de no realizarlo en dicho plazo, la aseguradora sólo podrá reclamarle los daños y perjuicios causados por la falta de la comunicación, siempre que usted no pueda demostrar que la Compañía ya tenía conocimiento del mismo por otros medios, en cualquier caso la aseguradora no puede rechazar el siniestro.
¿El seguro de su coche tiene cobertura fuera de España?
Si decide viajar fuera de la Comunidad Europea deberá llamar a su compañía de seguros y solicitar la Carta Verde en caso de no tenerla. En la Carta Verde vendrá el listado de todos los países donde su Seguro de Responsabilidad Civil está vigente. Si desea estar cubierto por los daños que pudiera sufrir su coche deberá solicitar una ampliación de cobertura en su compañía de seguros.
Si mi vehículo tiene seguro de coche, ¿lo puede conducir cualquier persona?
Para evitar problemas con su compañía de seguros, si es consciente de que alguien más va
coger el vehículo, debería declararlo como segundo conductor.
No obstante si no es consciente y por circunstancias esporádicas le deja su vehículo de forma puntual a otra persona, ésta estará cubierta siempre y cuando no sea un conductor más agravado que usted, es decir, que tenga menos edad, menos tiempo de carné, etc.
En ningún caso podrá dejar el vehículo a un conductor novel que no esté declarado en póliza, ya que en caso de siniestro la compañía de seguros puede alegar acto de mala fe y no
hacerse responsable de los daños causados en caso de siniestro.
¿Estoy siempre obligado a contratar un seguro de hogar?
Desde un punto de vista estrictamente legal sólo
está obligado a contratar un seguro de hogar en el caso de que sea usted el propietario. En tal caso estará obligado a contratar un seguro de
Responsabilidad Civil por daños causados a terceros. También estará obligado a contratar un seguro de hogar en caso de tener un préstamo hipotecario.
Sin embargo, el lugar donde vivimos supone posiblemente la mayor de las inversiones que se realizan.En consecuencia, parece que proteger este patrimonio deba ser una necesidad
prioritaria. Pero además, en una vivienda surgen casi a diario incidencias, unas pequeñas y otras no tanto, a cuya solución hay que dedicar no solo dinero, sino también tiempo y sobre todo, encontrar a los profesionales que las
resuelvan de forma rápida y eficaz.
Como inquilino, ¿debo contratar una póliza de hogar?
Si es inquilino no tiene la obligación pero es aconsejable asegurar el contenido (conjunto de bienes que se hallen en el interior de la vivienda), y aconsejable asegurar el continente
de la vivienda (la estructura) al menos a primer riesgo, para garantizar daños que pueda sufrir la vivienda que seguro le van a producir incomodidad y molestias.
¿Cómo puedo asegurar las joyas?
Con una relación indicando el valor unitario de cada una de las piezas y dependiendo del valor quedarán incluidos en el capital de contenido.
¿Por qué contratar un seguro de vida?
La necesidad de un seguro de vida dependerá de sus circunstancias personales y económicas.
Las pautas personales a tener en cuenta son: ¿tiene cónyuge, hijos pequeños y usted es el responsable de su bienestar?, ¿Sus padres son mayores o tienen algún discapacitado en la familia?, ¿Necesita capital para montar algo
independiente o para uso particular y el seguro puede ayudarlo?, ¿Su jubilación o pensión es muy baja para mantener el nivel de vida de los suyos si usted no estuviera?. Si ha contestado que si a una o varias de estas preguntas puede
pensar en contratar un seguro de vida, para su tranquilidad y la de los suyos.
Los seguros de vida también suelen usarse, para pagar los impuestos sucesorios y los gastos funerarios. También pensando en el futuro educativo de sus hijos, se puede usar para pagar estudios académicos.
¿Son los seguros de vida un buen instrumento de ahorro?
Los seguros de vida con ahorro pueden dar una muy buena rentabilidad a sus fondos, comparable a la de otros instrumentos bancarios.
Al viajar pueden surgir emergencias médicas por accidente, enfermedad, alergias, fracturas, etc. Circunstancias que implican atención y prestaciones muy costosas. También puede suceder que cancelen su vuelo, se extravíe o roben su equipaje o encontrarse en circunstancias de fuerza mayor que provoquen la cancelación del viaje o volver a casa antes de tiempo. El Seguro de Viaje puede ofrecerle la protección necesaria, para resolver estas situaciones.
No tener que esperar para ir al médico, no tendrá listas de esperas. No tener que pasar por el médico de cabecera para acceder a un especialista. La posibilidad de poder elegir a qué
médico y en qué hospital recibir la atención sanitaria dentro de los concertados por su seguro. En el caso de hospitalización, disponer de una habitación individual con la posibilidad de que pernocte un acompañante. Mayor rapidez en la aplicación de tratamientos frente a diagnósticos de alto riesgo.
Si su seguro lo permite, la posibilidad de realizar interconsultas para obtener una segunda opinión. Algunas ofrecen la posibilidad de recibir atención médica en centros especializados en el extranjero. En caso de dudas las aseguradoras
ofrecen un servicio telefónico de información al cliente.
Porque este colectivo es de los que más precisan complementar las prestaciones del sistema público, al tiempo de cubrir todas las posibles contingencias y necesidades
específicas que se puedan presentar en el desarrollo de su actividad.
Es importante contratar una cobertura de Incapacidad temporal, no sólo por accidente sino también por enfermedad para hacer frente a
las bajas laborales y así reducir el impacto que éstas pueden producir en el nivel de ingresos del profesional autónomo.
La indemnización fijada, en caso de baja laboral por enfermedad o accidente, se puede percibir desde el primer día con independencia de cuál sea su profesión, siempre que la baja sea superior a los días estipulados por la compañía.
Son los días de baja iniciales que no se contabilizan, pueden ser ninguno, tres, siete o quince. Conforme más sean, lógicamente, más barato será el coste del seguro.
No, depende de lo que haya cotizado, pero en general, un autónomo jubilado cobra menos al mes que el resto de pensionistas ya que su cotización durante su vida laboral acostumbra a ser menor y se cobra la jubilación según lo cotizado. Para subsanar esta situación, puede elegir la opción de inversión que mejor se adapte a su situación personal.
Usted puede variar sus coberturas (capitales y rentas aseguradas, así como franquicias) a sus necesidades de previsión siempre que lo necesite, adaptándolas a su situación personal.
La Ley de Sociedades Anónimas define ampliamente las responsabilidades de los administradores y directivos, debiendo responder con su patrimonio personal de cuantos perjuicios ocasionen a la sociedad ó a terceros, por actos realizados sin la diligencia con la que debieran desempeñar el cargo. El seguro de Administradores y Directivos protege el patrimonio personal de éstos frente a reclamaciones por perjuicios causados a terceros que sean consecuencia de errores de gestión.
Sí, para ello existen los seguros de pérdida de beneficios ó de lucro cesante que tienen como objetivo compensar la pérdida del beneficio neto y de los gastos fijos que puede sufrir una empresa como consecuencia de un siniestro.
El seguro de Accidentes de Convenios Colectivos pretende dar respuesta a aquellas empresas a las que el convenio colectivo al que están adheridos les exige concertar un seguro de accidentes para sus empleados que ampare los riesgos que puedan sufrir, bien durante el desempeño de su trabajo ó bien en su vida privada.
Para proteger a su empresa de las infracciones relacionadas con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Aunque usted haya llevado a cabo su adaptación a la legislación vigente, existen riesgos como son un error tecnológico, un error humano ó un acto malicioso de un tercero que puede dar lugar a una reclamación y/ó sanción impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos y cuya repercusión sólo puede evitarse mediante la contratación de una cobertura adecuada.
La legislación establece que deben contratar este tipo de seguro todas las empresas que puedan contaminar al medio ambiente, ya sea por su actividad ó por sus instalaciones.